Cabe recordar que Debiais, fotógrafo venezolano recluido en el Internado Judicial de El Rodeo II, tenía boleta de excarcelación dictada por el Tribunal Décimo de Ejecución del área Metropolitana de Caracas desde el 12 de abril de 2022. Sin embargo, el director se rehusó a darle libertad hasta no tener autorización por parte de la Ministra para los Asuntos Penitenciarios, Mirelys Contreras.
Posteriormente, el propio Tribunal dejó sin efecto la boleta de excarcelación. Mientras que el 15 de junio ordenó que se practicara una nueva prueba psicosocial para evaluar la posibilidad de otorgarle una fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, lo que no se ha cumplido hasta la fecha.
En ese sentido, el abogado Abraham Rojas, miembro del OVP y representante judicial de Carlos Debiais, junto a Karen Valera, coordinadora del OVP en el estado Miranda, se apersonaron al Palacio de Justicia, en la avenida Bolívar de Caracas, para introducir una acción amparo constitucional en contra de la conducta omisiva de la Junta de Evaluación Psicosocial del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario.
Cabe recordar que el 15 de junio de 2022 se llevó a cabo en el Internado Judicial Rodeo II, un Plan de Descongestionamiento Judicial, donde se contaba con el equipo multidisciplinario encargado de realizar los exámenes psicosociales. En ese momento, Debiais hizo entrega de la decisión del Tribunal Décimo de Primera Instancia a la Coordinadora del Equipo Evaluador del Ministerio de Asuntos Penitenciarios, donde se ordenaba realizar nuevamente una prueba psicosocial.
Sin embargo, una vez más vulneraron sus derechos y no se le realizó la prueba psicosocial, por considerarse que su condena estaba relacionada con delitos de naturaleza política. Las diligencias posteriores también fueron ignoradas.
Durante el mes de octubre de 2022, también se han solicitado audiencias en el Ministerio de Régimen Penitenciario y ante la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia.
Es claro, entonces, que en el caso del fotoreportero se requiere de un mandamiento judicial urgente que evite la continuación de las transgresiones constitucionales en que está incurriendo la Junta de Evaluación Psicosocial del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario.